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ToggleLa entrada en vigencia de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria marcó un hito en Chile. La nueva Ley Nº 21.442 supone el cierre de un ciclo de más de 20 años bajo la Ley antigua Nº 19.537.
La normativa actualizada aborda una serie de aspectos de aplicación inmediata, mientras que otros requerirán la emisión de un reglamento para su implementación completa.
Su objetivo será regular y organizar la convivencia de aquellos que eligen residir en comunidades, brindando un marco legal más actualizado y adaptado a las necesidades contemporáneas.
A continuación te contamos los 6 principales cambios que trajo esta actualización.
6 Nuevas medidas que propone la Ley de Copropiedad Inmobiliario
1.En relación a gastos comunes:
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria redefine los gastos comunes como obligaciones económicas, lo que implica que su pago será obligatorio y deberá realizarse en un plazo máximo de 10 días posteriores a la emisión del aviso por parte de la administración.
En caso de incumplimiento, el copropietario incurrirá en una deuda que devengará intereses, conforme lo establezca el reglamento de copropiedad. Además, se contemplará la posibilidad de que los residentes morosos puedan suscribir convenios para el pago de las deudas pendientes, con el objetivo de evitar sanciones o acciones legales.
2.En relación al registro de copropiedades:
La Ley de Copropiedad Inmobiliaria, en su artículo 5, establece la obligación para todos los copropietarios de inscribirse en el registro de copropietarios mencionado en el artículo 9.
Pero.. ¿qué es exactamente este registro?
Básicamente se trata de una base de datos centralizada que contiene información actualizada sobre todos los copropietarios, arrendatarios y otros ocupantes del condominio.
De acuerdo con el Artículo 9, inciso 6, de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, todas las comunidades estarán obligadas a mantener un registro que incluya a los copropietarios, arrendatarios y demás ocupantes del condominio, ya sea por derechos reales (como usufructo, habitación o herencia) o derechos personales (como comodato). Este registro deberá ser gestionado y actualizado periódicamente por la administración del condominio.
La actualización anual del registro será esencial, ya que garantizará la validez de los documentos y la precisión de los datos, incluyendo información como el nombre completo, la cédula de identidad, el correo electrónico y el número de teléfono de cada residente. Esto proporcionará una herramienta invaluable para los administradores, permitiéndoles contactar fácilmente a los residentes en caso de emergencia o cualquier otra necesidad.
3.En relación a la administración de condominios:
En este sentido, la Ley de Copropiedad Inmobiliaria introduce diversas actualizaciones, entre las que destaca la instauración del Registro Nacional de Administradores de Condominios. Según el Artículo 82 de la nueva ley de copropiedad, este registro, de carácter público, obligatorio y gratuito, estará a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y deberán inscribirse en él todas las personas naturales o jurídicas que ejerzan como administradores de condominios, siempre y cuando cumplan con las disposiciones de la ley y su reglamento.
4.En relación a los requisitos par administradores de condominios:
Además de lo mencionado anteriormente, la Ley de Copropiedad Inmobiliaria estableció como requisito para los administradores de condominio remunerados la acreditación de la licencia de enseñanza media y la aprobación de un curso de capacitación en administración de condominios en una institución de educación superior reconocida por el Estado o acreditada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.
Estos requisitos de la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria tendrán como objetivo permitir que los administradores de condominios y edificios mejoren sus habilidades y garanticen que posean las competencias mínimas necesarias para llevar a cabo una gestión eficiente.
5.Creación de Registro Nacional de Administradores de Condominio:
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria estableció también la creación del Registro Nacional de Administradores de Condominios, un registro público y obligatorio gestionado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, donde deben inscribirse todas las personas naturales o jurídicas que ejerzan la actividad de administradores de condominios.
6.Convivencia en Comunidad:
Ya que esta Ley de Copropiedad Inmobiliaria regula y ordena de mejor manera (y de forma totalmente actualizada), la convivencia de las personas que optan por la vida en comunidad, estableciendo mecanismos para resolver conflictos y promover una convivencia armoniosa en los condominios, mucho más eficientes que los que se venían rigiendo posteriormente.
Conclusión
En conclusión, la implementación de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria marca un hito importante en la regulación de la convivencia en comunidades de copropietarios.
Con sus disposiciones claras y actualizadas, esta ley no solo brinda un marco legal sólido para la gestión de condominios, sino que también promueve la transparencia, la eficiencia y el bienestar de todos los involucrados.
Al establecer registros actualizados, normas de convivencia y requisitos para administradores, se fomenta una mejor organización y comunicación dentro de las comunidades, lo que contribuye a un ambiente más armonioso y próspero para todos.