El subsidio hipotecario para viviendas nuevas en Chile acaba de recibir una de sus modificaciones más importantes desde que comenzó a funcionar.
Desde agosto de 2026 el beneficio:
- aumentó de 50.000 a 80.000 cupos;
- subió el valor máximo de las viviendas de 4.000 a 6.000 UF;
- y extendió el plazo para solicitarlo hasta el 31 de mayo de 2028.
Además, continúa combinando dos herramientas que mucha gente confunde como si fueran lo mismo:
un subsidio estatal a la tasa de interés + una garantía FOGAES que reduce el riesgo para la institución financiera.
El resultado puede ser bastante potente.
Dependiendo del banco o institución financiera, puedes conseguir una tasa considerablemente inferior a la que obtendrías sin el programa (hasta 1,3% menor) y además acceder a financiamientos de hasta:
90% del valor de la vivienda.
Pero hay bastante información incorrecta circulando sobre este beneficio.
No existe oficialmente un “FOGAES 2.0”.
FOGAES tampoco te entrega un 10% del precio de la vivienda.
Y la disminución exacta de la tasa tampoco es obligatoriamente de 1% para todos.
En esta guía te voy a explicar cómo funciona realmente el subsidio hipotecario vigente en Chile, quién puede usarlo, qué cambió durante 2026 y por qué también puede ser interesante para alguien que compra propiedades para invertir.
¿Qué cambió en el subsidio hipotecario durante 2026?
La Ley N°21.748 había creado en 2025 un subsidio a la tasa de interés hipotecaria para financiar viviendas nuevas.
Originalmente tenía:
- 50.000 cupos;
- un precio máximo de 4.000 UF por vivienda;
- y una ventana para solicitar nuevos créditos que terminaba durante 2027.
Eso cambió con la Ley N°21.836, publicada en agosto de 2026.
| Característica | Antes | Desde agosto de 2026 |
|---|---|---|
| Cupos máximos | 50.000 | 80.000 |
| Precio máximo vivienda | 4.000 UF | 6.000 UF |
| Fecha límite solicitudes | Mayo de 2027 | 31 de mayo de 2028 |
| Vivienda | Nueva | Nueva |
| Comprador | Persona natural | Persona natural |
En otras palabras, el Gobierno agregó 30.000 nuevos cupos.
Y además abrió el beneficio a un segmento mucho mayor del mercado inmobiliario al elevar el límite hasta 6.000 UF.
¿Cómo se llama realmente este beneficio?
Acá es donde suele empezar la confusión.
No existe oficialmente un beneficio denominado:
“FOGAES 2.0”.
Lo que existe actualmente son dos mecanismos que funcionan conjuntamente.
1. Subsidio a la tasa de interés hipotecaria
La Ley N°21.748 creó oficialmente el:
Subsidio a la Tasa de Interés Hipotecaria para la Adquisición de Viviendas Nuevas.
Este beneficio aporta hasta:
60 puntos base (0,6% de rebaja de tasa)
2. Garantía FOGAES Apoyo a la Vivienda Nueva
El subsidio se entrega conjuntamente con otra herramienta:
la Garantía Apoyo a la Vivienda Nueva del Fondo de Garantías Especiales (FOGAES).
El Estado asume mediante esta garantía parte del riesgo del crédito frente a la institución financiera.
Al reducir el riesgo del financiamiento, los bancos y demás instituciones participantes pueden ofrecer aún mejores condiciones crediticias, y bajar un % extra la tasa hipotecaria.
Por eso ambas cosas normalmente aparecen juntas:
Subsidio a la tasa + Garantía FOGAES Vivienda Nueva.
Entonces, ¿realmente baja 1% la tasa hipotecaria en Chile con este subsidio?
Puede acercarse a 1 punto porcentual, pero no es una rebaja fija garantizada de exactamente 1%.
Hay que separar dos cosas.
El beneficio entregado directamente por el Estado sobre la tasa es de:
hasta 60 puntos base = 0,60%
A eso puede sumarse un descuento adicional ofrecido por el banco gracias al menor riesgo generado por la garantía FOGAES del estado.
Por eso, desde el inicio del programa hemos visto descuentos de tasa diferentes según cada banco o institución.
En determinados bancos, el descuento combinado en la tasa hipotecaria ha rondado aproximadamente 1 punto porcentual.
Por eso suele decirse que la fórmula es algo así como:
Rebaja 0,6% por subsidio estatal + Rebaja 0,4% por garantía FOGAES = 1% rebaja tasa
Pero la realidad es que la garantía estatal FOGAES no entrega un descuento fijo adicional de 0,4% en la tasa. La tasa final depende de:
- la institución financiera;
- la tasa de referencia vigente;
- el descuento adicional ofrecido;
- tu perfil crediticio;
- el porcentaje que financies;
- las condiciones comerciales vigentes cuando escritures.
Ejemplo: qué diferencia hace bajar la tasa de 4,3% a 3,3%
Para visualizar la importancia de un punto porcentual, imaginemos un ejemplo puramente referencial.
Supongamos una vivienda de:
4.000 UF
con financiamiento de:
90% = crédito de 3.600 UF
a:
30 años.
Sin considerar seguros ni otros costos, un crédito al 4,3% tendría una cuota financiera aproximada de:
17,8 UF mensuales.
Al 3,3%, sería aproximadamente:
15,8 UF mensuales.
La diferencia:
unas 2 UF mensuales (aprox $82.000 pesos a hoy).
Y esa diferencia se mantiene durante muchos años.
Por eso una reducción aparentemente pequeña de tasa puede tener un impacto enorme sobre:
- el dividendo mensual;
- el costo financiero total;
- la renta que el banco exige para aprobarte;
- y, si eres inversionista, el flujo mensual de la propiedad.
Si quieres entender cómo calcula un banco cuánto puede prestarte, revisa:
Crédito hipotecario en Chile: cuánto te presta el banco según tu sueldo
¿El FOGAES te entrega el 10% del precio de la propiedad?
No.
Este es otro error extremadamente frecuente.
El Estado no va a depositarte el 10% del departamento para que completes el pie.
La garantía FOGAES funciona como un respaldo parcial del crédito frente a la institución financiera.
La regulación vigente establece actualmente una garantía equivalente al:
50% del saldo insoluto del crédito hipotecario,
dentro de los límites establecidos por la legislación.
Eso reduce el riesgo que asume el banco.
Y ese menor riesgo puede permitir que algunas instituciones estén dispuestas a financiar:
hasta el 90% del valor de la vivienda.
Por eso puedes terminar necesitando un pie de aproximadamente 10%.
Pero son conceptos distintos, el FOGAES no paga tu pie.
¿El 90% de financiamiento está garantizado?
No. El programa facilita que las instituciones puedan ofrecer financiamientos elevados y actualmente existen bancos y otras entidades que ofrecen hasta 90% de financiamiento.
Pero la aprobación sigue dependiendo de:
- tu renta;
- tu carga financiera;
- tus otras deudas;
- tu comportamiento de pago;
- la tasación de la propiedad;
- las políticas de riesgo de cada institución.
La existencia de una garantía estatal no obliga al banco a prestarte, ni tampoco obliga al banco a prestarte exactamente 90%. Puedes terminar aprobado al 80% dependiendo de tu evaluación y del banco.
¿Qué pasa si no pago el crédito y FOGAES paga la garantía?
Otra confusión sería pensar:
“como el Estado garantiza la mitad, si dejo de pagar desaparece esa parte de mi deuda”.
No funciona así.
La garantía protege al banco frente a parte de la pérdida.
Si FOGAES debe pagar la garantía, el Fisco puede subrogarse como acreedor respecto del monto desembolsado y posteriormente exigir su restitución al deudor bajo las reglas correspondientes.
Por lo tanto:
FOGAES disminuye el riesgo del banco, no convierte parte de tu hipotecario en un regalo del Estado.
Requisitos actuales del subsidio hipotecario
Después de la ampliación de agosto de 2026, los principales requisitos generales son:
- ser persona natural;
- comprar una vivienda nueva;
- que se trate de la primera venta de esa vivienda;
- que su valor elegible no supere las 6.000 UF;
- que la promesa de compraventa no haya sido celebrada antes del 31 de diciembre de 2024;
- cumplir los requisitos de la Garantía Apoyo a la Vivienda Nueva;
- y aprobar la evaluación crediticia de la institución financiera.
¿La promesa debe ser de 2026 en adelante?
No.
Este era otro dato incorrecto que circulaba en algunas explicaciones del beneficio.
La regla legal no exige que la promesa haya sido firmada desde el 1 de enero de 2026.
Lo que establece es que no pueden utilizar el beneficio las operaciones derivadas de promesas celebradas:
antes del 31 de diciembre de 2024.
En términos prácticos, una promesa celebrada desde el 1 de enero de 2025 en adelante puede cumplir este requisito temporal.
Naturalmente, también deben cumplirse todas las demás condiciones.
Si estás a punto de firmar una promesa, revisaría antes:
Qué revisar en una promesa de compraventa en Chile
¿Sirve para departamentos en blanco o en verde?
Puede servir, pero acá importa mucho la fecha en que finalmente se tramite el financiamiento.
Puedes haber firmado una promesa de un departamento en verde después del 1 de enero de 2025 y posteriormente solicitar el crédito hipotecario cuando se acerque la escrituración.
Para utilizar el beneficio, la solicitud deberá encontrarse dentro del período vigente del programa.
Actualmente pueden registrarse nuevas solicitudes hasta:
31 de mayo de 2028.
Las solicitudes registradas dentro del plazo pueden tener además hasta los tres meses siguientes para celebrar la escritura pública, conforme a las reglas del programa.
Por lo tanto, si compras un departamento en blanco que recién se entrega en 2030:
no asumiría hoy que tendrás este beneficio cuando llegue la escrituración.
Puedes revisar cómo funciona el momento del hipotecario según la etapa del proyecto en:
Compra en blanco vs. verde vs. entrega inmediata
¿El límite de 6.000 UF incluye estacionamiento y bodega?
Si quieres incorporar estacionamiento y bodega dentro del mismo financiamiento beneficiado, sus valores pueden formar parte del valor de la vivienda.
En ese caso el total debe mantenerse dentro de:
6.000 UF.
Ejemplo:
Departamento: 5.700 UF Estacionamiento: 200 UF Bodega: 100 UF
Total:
6.000 UF.
Podría encontrarse dentro del límite.
En cambio:
Departamento: 5.900 UF Estacionamiento + bodega: 300 UF
Total: 6.200 UF.
No podrías simplemente incluir las 6.200 UF dentro del financiamiento subsidiado.
La regulación permite adquirir estacionamiento y bodega separadamente, en cuyo caso esos bienes quedan fuera del subsidio y de la garantía correspondiente.
¿Se considera el precio de venta o la tasación?
La regulación considera para estos efectos el:
menor valor entre la tasación realizada por la institución financiera y el precio de compraventa.
Esto también es importante para entender cuánto puede financiarte el banco.
Si compras en 5.500 UF,
pero el banco tasa la propiedad en: 5.200 UF,
el porcentaje de financiamiento puede calcularse sobre ese valor menor.
Por eso nunca asumiría que “90% de financiamiento” significa automáticamente 90% del precio que acordaste pagar.
Si quieres aprender a comparar el precio de una propiedad antes de comprarla revisa:
Cómo saber si una propiedad está cara o barata en Chile
¿Tiene que ser mi primera vivienda?
No.
Este punto es especialmente importante porque suele confundirse con el antiguo FOGAES habitacional que comenzó a operar en 2023.
Ese programa anterior estaba dirigido específicamente a financiar la primera vivienda.
El actual:
Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva + Subsidio a la Tasa
tiene reglas diferentes.
Para el programa general no existe una exigencia legal de que nunca hayas tenido otra vivienda.
Actualmente las propias instituciones participantes informan que una persona puede acceder aunque ya tenga:
- una vivienda;
- dos viviendas;
- o más propiedades;
siempre que cumpla los demás requisitos y sea aprobada crediticiamente.
¿Puedo usarlo para comprar un departamento de inversión?
Sí, puedes.
La normativa general del programa no establece que tengas que vivir personalmente en la vivienda ni prohíbe de forma general arrendarla posteriormente.
Por eso el beneficio puede ser relevante incluso si estás comprando un departamento para generar renta.
Naturalmente, además de cumplir con las reglas del programa debes cumplir:
- la evaluación crediticia;
- las condiciones contractuales de tu crédito;
- las normas tributarias correspondientes al arriendo;
- y cualquier regulación aplicable al tipo de explotación que realices.
Esto hace que el subsidio pueda tener un efecto especialmente interesante sobre el flujo de una propiedad.
Una tasa menor significa menor dividendo.
Y un menor dividendo puede aumentar la diferencia entre:
arriendo recibido – dividendo – costos.
Si quieres aprender a medir la rentabilidad correctamente revisa:
Qué es el Cap Rate y cómo utilizarlo al invertir en propiedades
¿Existe un límite de propiedades que puedo comprar con este beneficio?
En el régimen general vigente no existe un límite legal del tipo:
“solamente puedes utilizarlo una vez en tu vida”.
Las instituciones que actualmente operan el programa incluso informan expresamente que no existe un límite general en la cantidad de unidades que un cliente puede adquirir utilizando créditos elegibles.
Pero hay una limitación práctica gigantesca:
tu capacidad hipotecaria.
Cada nuevo crédito:
- aumenta tu deuda;
- aumenta tu carga financiera;
- aparece en los sistemas correspondientes;
- y deberá ser considerado por las siguientes instituciones que te evalúen.
Que la ley no limite la cantidad de propiedades no significa que un banco necesariamente te vaya a aprobar diez créditos.
¿Puedo comprar mediante una SpA o una empresa?
No.
El beneficio está dirigido a personas naturales.
Una SpA, Ltda., EIRL u otra persona jurídica no puede solicitar este subsidio como comprador bajo el régimen general.
Distinto es ser persona natural con giro de empresario individual.
En ese caso, sí puedes acceder.
¿Qué son los 6.000 cupos especiales?
Dentro de los 80.000 cupos de subsidio existe un grupo especial de:
6.000 cupos.
Estos sí tienen requisitos adicionales y no deben confundirse con los cupos generales.
Entre sus condiciones están:
- que sea primera venta de la vivienda;
- que se trate de la primera vivienda del comprador;
- que su valor no supere las 3.000 UF;
- y que la persona cumpla las condiciones vinculadas a los subsidios habitacionales DS1, DS19 y las modificaciones del DS15, según corresponda.
Es decir:
primera vivienda es un requisito para este grupo especial de 6.000 cupos, pero no para todo el programa general.
¿Hay que postular al subsidio o es automático?
No existe una postulación separada al Minvu como ocurre con otros subsidios habitacionales.
El proceso se realiza directamente a través del banco o institución financiera participante.
En términos simples:
- Encuentras una propiedad nueva que cumpla los requisitos.
- Solicitas el crédito en el banco o institución participante.
- La institución evalúa tu capacidad crediticia.
- Verifica que la propiedad y la operación sean elegibles.
- Si te aprueba, el subsidio se incorpora a la tasa.
No tienes que competir en un concurso estatal ni realizar una postulación separada, pero el banco igualmente tiene que aprobarte el crédito y verificar todos los requisitos.
¿Tengo que firmar una declaración jurada?
Sí.
La regulación contempla declaraciones juradas simples para acreditar determinados requisitos de elegibilidad.
Por ejemplo, debe respaldarse que:
- la operación corresponde a una vivienda elegible;
- la promesa cumple la fecha exigida;
- y se satisfacen las condiciones particulares del beneficio.
No es un trámite para “postular” al subsidio.
Forma parte del proceso de verificación que realiza la institución financiera.
¿Hasta cuándo estará disponible?
La ampliación de 2026 estableció que podrán solicitarse nuevos financiamientos con el programa hasta:
31 de mayo de 2028.
O hasta que se utilicen los:
80.000 subsidios disponibles,
si eso ocurre antes.
Además, cuando una solicitud haya sido registrada correctamente dentro del plazo, la regulación permite que la escritura pública correspondiente se celebre dentro de los:
3 meses posteriores al vencimiento del plazo.
¿El subsidio desaparece el 31 de mayo de 2028?
No para un crédito que ya fue otorgado correctamente.
El 31 de mayo de 2028 corresponde al plazo para solicitar nuevos financiamientos bajo el programa.
No significa que alguien que obtuvo correctamente su crédito durante 2026 vaya a perder la rebaja de tasa en junio de 2028.
El subsidio se incorpora al crédito y puede mantenerse durante todo el período del financiamiento.
Si el crédito se extingue:
también se extingue el subsidio asociado a ese crédito.
Subsidio y garantía FOGAES tienen plazos distintos
Este detalle es bastante poco conocido. El subsidio a la tasa y la garantía estatal no son exactamente la misma cosa.
La garantía FOGAES tiene una duración máxima equivalente a: la mitad del plazo del financiamiento, con un mínimo de 5 años y un máximo de 15 años.
| Plazo crédito | Plazo garantía FOGAES |
|---|---|
| 10 años | 5 años |
| 20 años | 10 años |
| 25 años | 12,5 años |
| 30 años | 15 años |
Eso no significa que después de 15 años automáticamente el banco te cambie la tasa subsidiada del crédito.
A ti no te afectan estos plazos, porque son los plazos en que el estado le da una garantía al banco, luego de ese plazo el banco asume el riesgo directamente. Pero a ti no te cambian las condiciones de tu hipotecario durante los años.
¿Puedo utilizar el subsidio mediante una novación hipotecaria?
No puedes obtener este subsidio mediante una novación de un crédito hipotecario existente.
La Ley N°21.748 excluye expresamente los créditos hipotecarios novados del subsidio.
Es decir, no puedes tomar simplemente un hipotecario antiguo y transformarlo mediante novación para intentar obtener la rebaja de 60 puntos base.
Si quieres entender cómo funciona una novación y cuándo puede utilizarse revisa:
Novación hipotecaria en Chile: cómo funciona
¿Qué bancos y mutuarias tienen el beneficio?
El programa no significa que cualquier institución financiera de Chile esté obligada a ofrecerlo.
Las garantías son adjudicadas a instituciones financieras participantes.
La normativa permite participar, entre otras, a:
- bancos y sus filiales;
- cooperativas de ahorro y crédito elegibles;
- compañías de seguros;
- administradoras de mutuos hipotecarios;
- cajas de compensación;
siempre que participen y obtengan garantías dentro del programa.
Actualmente existen ofertas activas de instituciones como BancoEstado, Santander, BCI y Coopeuch, entre otras.
Las tasas y condiciones comerciales pueden cambiar mes a mes, por lo que no elegiría una institución solamente porque hace un año ofrecía la tasa más baja.
Cotizaría nuevamente al momento de escriturar.
¿Por qué dos bancos pueden ofrecer tasas distintas si el subsidio es el mismo?
Porque el Estado subsidia hasta:
60 puntos base.
Pero cada institución sigue teniendo:
- sus costos de financiamiento;
- sus políticas comerciales;
- sus márgenes;
- sus criterios de riesgo;
- y el descuento adicional que haya comprometido u ofrezca.
Por eso no preguntaría solamente:
“¿tiene FOGAES?”
Preguntaría:
“¿cuál es la tasa FINAL que voy a pagar después del subsidio?”
Y además compararía:
- CAE;
- seguros;
- gastos operacionales;
- porcentaje de financiamiento;
- plazo;
- condiciones de prepago.
¿Conviene pedir 90% solamente porque está disponible?
No necesariamente.
Financiar 90% tiene una ventaja evidente: necesitas menos capital inicial.
Pero también significa:
- mayor deuda;
- mayor dividendo;
- más intereses totales;
- mayor sensibilidad a períodos sin arriendo;
- más apalancamiento financiero.
Para alguien que está comprando su vivienda puede ser la diferencia entre poder o no poder acceder.
Para un inversionista, en cambio, hay que analizar:
qué retorno genera el capital que no pusiste como pie versus cuánto cuesta esa deuda adicional.
El apalancamiento puede multiplicar el retorno sobre tu capital, pero también amplifica el riesgo.
Puedes profundizar en:
Por qué invertir en propiedades: apalancamiento, plusvalía, flujo y capitalización
¿Es mejor una tasa subsidiada en una mala propiedad?
No.
Este es probablemente el error que más evitaría.
Un departamento de 5.000 UF con una tasa de 3,3% puede seguir siendo una pésima inversión si realmente vale 4.500 UF.
Por eso antes del subsidio analizaría siempre:
- precio final;
- UF/m²;
- arriendo de mercado;
- Cap Rate;
- gastos comunes;
- vacancia;
- competencia;
- ubicación;
- oferta futura;
- potencial de plusvalía.
El subsidio hipotecario puede:
mejorar muchísimo una buena compra.
Pero no convierte automáticamente una propiedad cara en una oportunidad.
Si estás comparando departamentos concretos revisa:
Cómo elegir una propiedad de inversión en Chile
¿Se puede combinar con otros beneficios inmobiliarios?
Dependiendo de la vivienda y de tu situación, el subsidio a la tasa puede coexistir con otros beneficios completamente diferentes.
Por ejemplo:
- determinados beneficios DFL2;
- beneficio 55bis
- beneficio de eliminación de IVA por 12 meses
- beneficio de impuesto único de 5% al arriendo de propiedades menores a 90 m2;
- y otros incentivos temporales aplicables a la compra de viviendas nuevas.
Pero cada beneficio tiene requisitos propios.
Puedes revisar los beneficios tributarios completos en:
Beneficios tributarios de la inversión inmobiliaria en Chile
¿Se puede combinar con el nuevo IVA 0% para viviendas nuevas?
Son medidas completamente diferentes.
El subsidio hipotecario actúa sobre el costo del financiamiento.
La exención temporal de IVA aprobada durante 2026 actúa sobre determinadas ventas de viviendas nuevas.
Por eso una vivienda que cumpla independientemente los requisitos de ambos regímenes podría presentar una combinación especialmente interesante:
menor precio efectivo + menor tasa hipotecaria.
Pero hay que verificar por separado que la operación cumpla cada normativa.
Puedes ver la explicación completa aquí:
IVA 0% para viviendas nuevas en Chile: requisitos y cómo funciona
Ejemplo para un inversionista
Supongamos que encuentras un departamento nuevo de:
3.000 UF.
El banco te financia:
90% = 2.700 UF.
Tu pie sería aproximadamente:
300 UF.
Y gracias al subsidio y las condiciones de la institución terminas obteniendo una tasa sustancialmente inferior a la tasa que habrías pagado sin el programa.
Eso puede mejorar simultáneamente:
- el capital necesario para entrar;
- el dividendo;
- el flujo mensual;
- y el retorno sobre el capital aportado.
Pero antes de emocionarme con el financiamiento preguntaría:
¿ese departamento de 3.000 UF realmente vale 3.000 UF?
Y después:
¿cuánto arrienda realmente?
El orden importa.
Checklist para saber si puedes usar el subsidio hipotecario
- ¿Eres persona natural?
- ¿La propiedad es una vivienda?
- ¿Es nueva y corresponde a su primera venta?
- ¿El valor elegible es igual o inferior a 6.000 UF?
- ¿La promesa fue celebrada después del 1 de enero de 2025?
- ¿La solicitud del crédito se realizará antes del 31 de mayo de 2028?
- ¿Todavía existen cupos disponibles?
- ¿El banco que estás cotizando participa en el programa?
- ¿Cumples su evaluación crediticia?
- ¿El valor de tasación permite el financiamiento que necesitas?
- ¿Estacionamiento y bodega mantienen la operación dentro del límite?
- ¿La tasa FINAL realmente es competitiva frente a otras instituciones?
Resumen: cómo funciona el subsidio hipotecario vigente
| Característica | Regla actual |
|---|---|
| Nombre legal | Subsidio a la Tasa de Interés Hipotecaria para la Adquisición de Viviendas Nuevas |
| Complemento | Garantía FOGAES Apoyo a la Vivienda Nueva |
| Subsidio estatal a la tasa | Hasta 60 puntos base (0,60 %) |
| Descuento total de tasa | Puede ser aprox 1% dependiendo del banco |
| Precio máximo propiedad | 6.000 UF |
| Número máximo de subsidios | 80.000 |
| Nuevos cupos agregados en 2026 | 30.000 |
| Fecha límite solicitudes | 31 de mayo de 2028 |
| Tipo de comprador | Persona natural |
| ¿Primera vivienda? | No necesariamente |
| ¿Puede tener otras propiedades? | Sí |
| ¿Existe límite general de unidades por comprador? | No |
| ¿Puede comprar para inversión? | Si |
| Tipo de inmueble | Vivienda nueva |
| Propiedad usada | No califica |
| Promesa firmada | Desde 1 de enero de 2025 |
| Financiamiento | Puede llegar hasta 90%, sujeto a institución y evaluación |
| 6.000 cupos especiales para «primera vivienda» | Primera vivienda hasta 3.000 UF y requisitos habitacionales específicos |
Conclusión
La ampliación del subsidio hipotecario durante 2026 es bastante más importante de lo que parece.
No solamente agregaron 30.000 nuevos cupos.
También elevaron el precio máximo desde 4.000 UF hasta 6.000 UF.
Y extendieron la ventana para solicitar nuevos financiamientos hasta el 31 de mayo de 2028.
Para alguien que está comprando su vivienda, esto puede significar:
- menos pie;
- menor tasa;
- menor dividendo;
- y una mayor posibilidad de conseguir aprobación.
Y para un inversionista puede ser todavía más interesante porque el régimen general:
no exige que sea tu primera propiedad ni limita el beneficio únicamente a una unidad.
Pero mantendría una regla básica: no compraría un departamento solamente porque tiene tasa subsidiada.
Primero quiero saber si estoy comprando una buena propiedad a buen precio. Después quiero financiarla de la manera más eficiente posible.
Si recién estás comenzando, te recomiendo seguir con:
Cómo empezar en la inversión inmobiliaria en Chile desde cero
Y si ya tienes capacidad hipotecaria y estás comparando unidades concretas: