- eliges bien al arrendatario;
- firmas un buen contrato de arriendo;
- documentas correctamente la entrega del inmueble;
- y reaccionas rápido cuando aparece un incumplimiento.
Cómo reducir realmente el riesgo de que no te paguen el arriendo en Chile
| Capa | Qué busca evitar |
|---|---|
| 1. Selección del arrendatario | Entregar la propiedad a alguien que no puede pagar |
| 2. Contrato correctamente redactado | Ambigüedades sobre obligaciones y término |
| 3. Aval / codeudor | Quedar sin respaldo económico |
| 4. Inventario y fotografías | Discusiones sobre daños |
| 5. Seguro de arriendo | Absorber meses de mora y costos legales |
| 6. Ley 21.461 | Cobrar judicialmente y recuperar el inmueble |
Antes del contrato: fija un precio de arriendo realista
La primera forma de tener un buen arrendatario es conseguir suficientes candidatos para poder elegir. Si publicas un departamento muy por encima del mercado puedes terminar:- meses sin arrendar;
- con muy pocos postulantes;
- o aceptando finalmente a un candidato que no habrías elegido si hubieras tenido más alternativas.
- misma microzona;
- m²;
- dormitorios;
- estacionamiento;
- bodega;
- antigüedad;
- estado;
- piso y orientación;
- amenities y gastos comunes.
Cómo elegir un buen arrendatario
Qué revisaría en un trabajador dependiente
- identidad;
- liquidaciones de sueldo recientes;
- antigüedad y estabilidad laboral;
- cotizaciones previsionales (revisar que no sea falso el certificado);
- informe comercial EQUIFAX PLATINUM 360;
- sí o sí tener al menos un aval o segundo arrendatario
Qué revisaría en un trabajador independiente
Los independientes necesitan una evaluación distinta porque sus ingresos pueden ser más variables. Dependiendo del perfil podrían utilizarse antecedentes como:- Formulario 22;
- boletas de honorarios;
- Formulario 29 cuando corresponda;
- carpeta tributaria;
- movimientos o antecedentes que permitan acreditar ingresos;
- antigüedad de la actividad;
- informe comercial EQUIFAX PLATINUM 360;
- si o si al menos un aval o segundo arrendatario
¿Conviene pedir un aval / codeudor solidario?
¿El contrato de arriendo tiene que hacerse por escrito?
En Chile puede existir un arrendamiento incluso sin un contrato escrito. Pero yo nunca arrendaría una propiedad sin un contrato escrito. De hecho, la Ley N°18.101 establece actualmente una regla especialmente importante. Cuando los contratos regidos por esta ley constan por escrito, las firmas de los contratantes deben ser autorizadas por un notario público. Y existe una ventaja enorme: el contrato autorizado ante notario constituye antecedente suficiente para ejercer la demanda monitoria de cobro de rentas.¿Qué pasa si nunca hicimos contrato escrito?
La ausencia de un contrato escrito no significa automáticamente que no exista arrendamiento. La propia Ley N°18.101 establece que, cuando el contrato no consta por escrito, la renta puede presumirse según los depósitos o documentos de pago existentes durante al menos tres meses consecutivos. Pero desde el punto de vista del propietario, llegar a una discusión judicial sin un buen contrato es exponerte innecesariamente.Qué debería incluir un buen contrato de arriendo en Chile
No existe una cláusula mágica que te “blinde”. Lo que quieres es un documento que deje pocas dudas sobre: quién arrienda, qué se arrienda, cuánto debe pagar, qué obligaciones tiene y cuándo debe devolver la propiedad. Estas son las cláusulas que revisaría.1. Identificación completa de las partes
Incluiría correctamente:- nombre completo;
- RUT;
- domicilio;
- datos del arrendador;
- datos del arrendatario;
- y datos del codeudor solidario, si existe.
2. Individualización exacta de la propiedad
No pondría simplemente: “departamento en Las Condes”. Individualizaría correctamente:- dirección;
- número de departamento;
- estacionamiento;
- bodega;
- otros bienes incluidos.
3. Monto del arriendo y fecha exacta de pago
El contrato debería indicar claramente:- monto;
- moneda o unidad de reajuste si corresponde;
- fecha de vencimiento;
- forma de pago;
- cuenta bancaria;
- qué se considera pago efectivo.
4. Reajuste del arriendo
Si la renta se reajustará, dejaría definida previamente la fórmula. Por ejemplo:- IPC;
- UF;
- periodicidad del reajuste;
- fecha desde la que se aplicará.
5. Garantía
El contrato debe decir:- cuánto se entrega como garantía;
- qué obligaciones cauciona;
- qué daños pueden imputarse;
- qué ocurre con gastos comunes o servicios impagos;
- cuándo se devuelve;
- cómo se documentarán los descuentos.
¿Conviene pedir dos meses de garantía?
Puede darte un colchón mayor, pero tiene un costo comercial. Mientras más dinero exijas al inicio: menor puede ser la cantidad de buenos candidatos dispuestos a tomar la propiedad. Por eso no utilizaría “dos meses siempre” como regla universal. Desde mi punto de vista, es preferible «pedir un buen aval o dos avales» 6. Gastos comunes y servicios básicos Definiría claramente quién paga:- gastos comunes ordinarios;
- agua;
- electricidad;
- gas;
- internet;
- otros consumos;
7. Duración, renovación y término
Definiría:- fecha de inicio;
- fecha de término;
- si se renueva automáticamente;
- cómo puede darse aviso;
- con cuánto tiempo de anticipación;
- causales contractuales de término.
- mes a mes;
- indefinido;
- a plazo fijo.
8. Destino de la propiedad
Dejaría claramente establecido el uso autorizado. Por ejemplo: uso habitacional. Y regularía expresamente actividades que no quieres permitir, siempre dentro del marco legal y de las reglas de copropiedad del edificio.9. Subarriendo
Si no quieres que el arrendatario entregue el departamento a terceros, incluiría una cláusula expresa sobre subarriendo. Pero hay una particularidad legal que debes conocer. En contratos habitacionales de plazo fijo superior a un año, la Ley N°18.101 establece como regla que existe facultad de subarrendar salvo que se estipule lo contrario. Y si el contrato prohíbe el subarriendo en ese supuesto: el arrendatario puede poner término anticipado al contrato sin quedar obligado a pagar la renta por todo el período restante. Por eso esta cláusula debe redactarse conociendo sus efectos y no simplemente copiarse de Internet.10. Inventario con fotografías
- paredes;
- pisos;
- baños;
- cocina;
- electrodomésticos;
- muebles si existen;
- ventanas;
- terraza;
- medidores;
- cualquier daño previo.
11. Mantenciones y reparaciones
El contrato debería distinguir correctamente las obligaciones de conservación y reparación de cada parte conforme a la legislación. No escribiría simplemente: “absolutamente todo desperfecto es responsabilidad del arrendatario”. Hay obligaciones legales que no desaparecen porque escribas una cláusula así.12. Inspección de la propiedad
Puede pactarse un mecanismo razonable para revisar periódicamente cada 6 meses el estado del inmueble. Lo haría siempre:- con aviso previo;
- coordinando día y hora;
- respetando el uso legítimo y privacidad del arrendatario.
13. Domicilio y comunicaciones
Dejaría correctamente registrado el domicilio y los medios de comunicación acordados: correo electrónico o carta certificada. Esto ayuda a demostrar:- avisos;
- cobros;
- incumplimientos;
- comunicaciones previas.
14. Restitución de la propiedad
- entrega de llaves;
- acta de entrega;
- revisión del inventario;
- lectura de medidores;
- comprobación de cuentas;
- estado físico del inmueble.
¿Puedo poner una cláusula para mandar al arrendatario a DICOM?
Acá existe bastante mito. Por más cláusula de “autorizo a publicar mi deuda en DICOM” que tenga el contrato, la comunicación de «no pago» a boletines comerciales o bases de datos está regulada por la Ley N°19.628 y existen requisitos respecto de qué obligaciones pueden informarse. Por ejemplo, los pagarés protestados se encuentran expresamente dentro de los instrumentos contemplados por la legislación. Por eso es muy bueno firmar un pagaré. Pero una simple deuda de arriendo no puede informarse sin una sentencia judicial previa. La Cámara de Comercio de Santiago, que administra el Boletín Comercial, exige que primero demandes judicialmente y obtengas una sentencia ejecutoriada que condene al arrendatario al pago. Después puedes solicitar la publicación acompañando contrato, demanda, sentencia, certificado de ejecutoria y, si corresponde, liquidación de la deuda. Esa publicación después es procesada también por burós como Equifax – DICOM.¿Conviene hacer firmar un pagaré para poder enviar a DICOM en caso de no pago del arriendo?
Puede utilizarse un pagaré como garantía adicional para cubrirte mejor. Un pagaré es un título regulado por la Ley N°18.092 y tiene que cumplir requisitos formales para producir sus efectos. Puede facilitar determinadas acciones de cobro cuando está correctamente emitido. Si vas a exigir un pagaré por un monto importante, haría revisar su redacción por un abogado.¿Sirve igualmente poner una cláusula de DICOM?
Mora: ¿puedo cobrar una multa diaria de 1%, 3% o 5%?
Sí puedes pactar contractualmente una multa por atraso, pero no existe una multa legal automática de 1%, 3% o 5% diario por no pagar el arriendo.
Para entenderlo hay que separar tres conceptos distintos:
- reajuste legal de la deuda;
- intereses por mora;
- y una eventual cláusula penal o multa adicional pactada en el contrato.
1. La deuda se reajusta por UF
La Ley N°18.101 establece que, en caso de mora, los pagos atrasados derivados de un contrato de arriendo deben reajustarse según la variación que experimente la UF entre la fecha en que debieron pagarse y aquella en que efectivamente se paguen.
Por lo tanto, si el arrendatario te debía $600.000 hace varios meses, no necesariamente termina pagando simplemente los mismos $600.000 nominales.
2. También pueden existir intereses por mora
Cuando corresponda el cobro de intereses, la propia Ley N°18.101 establece que éstos se calculan sobre la suma originalmente adeudada + el reajuste correspondiente.
Además, el Código Civil contempla intereses como indemnización por el atraso en obligaciones de dinero.
3. Puedes agregar una cláusula penal por atraso
Adicionalmente, las partes pueden acordar en el contrato una cláusula penal moratoria.
Es decir, una sanción económica previamente acordada para el caso en que el arrendatario pague después de la fecha establecida.
Esta multa puede estructurarse, por ejemplo, como:
- una suma determinada;
- un porcentaje de la renta;
- o eventualmente una cantidad calculada por cada día de atraso.
Pero el hecho de que esté escrita en el contrato no significa que cualquier monto será necesariamente exigible íntegramente.
¿Qué pasa si pongo 5% diario?
Supongamos un arriendo mensual de:
$600.000.
| Multa | Multa diaria | Multa acumulada en 30 días |
|---|---|---|
| 1% diario | $6.000 | $180.000 |
| 3% diario | $18.000 | $540.000 |
| 5% diario | $30.000 | $900.000 |
Con una multa de 5% diario, después de solamente 20 días el arrendatario ya habría acumulado:
$600.000 de multa, exactamente otro mes completo de arriendo.
Y después de 30 días la multa sería incluso superior a la propia renta adeudada.
Una multa excesiva puede ser rebajada por un tribunal
El Código Civil regula las denominadas cláusulas penales enormes.
En términos simples, que ambas partes hayan firmado una multa no significa que el propietario pueda establecer una sanción completamente desproporcionada y tener certeza de que un tribunal la cobrará íntegramente.
Si la penalidad resulta excesiva respecto de la obligación principal, el arrendatario puede solicitar judicialmente su reducción bajo las reglas del artículo 1544 del Código Civil.
De hecho, existen fallos en materia de arrendamiento donde los tribunales han reducido multas que consideraron excesivas. También existen casos donde los tribunales han hecho cumplir multas diarias pactadas, por lo que una multa diaria no es ilegal por el solo hecho de ser diaria. Lo importante es su redacción, proporcionalidad y el contexto concreto del contrato.
Entonces, ¿cuánto pondría?
No utilizaría una cláusula extrema del tipo “5% de la renta por cada día de atraso, sin límite”. Puede verse muy protectora cuando firmas el contrato, pero después puedes terminar discutiendo judicialmente si la sanción es excesiva.
Preferiría una cláusula penal moratoria razonable, claramente redactada y, especialmente si se utilizará en varios contratos, revisada por un abogado.
¿Conviene contratar un seguro de arriendo?
Pero NO todos los seguros de arriendo cubren lo mismo
Este punto es fundamental. Antes de contratar compararía al menos:| Qué revisar | Pregunta que haría |
|---|---|
| Rentas impagas | ¿Cuántos meses cubre y cuál es el límite? |
| Carencia | ¿Desde cuándo comienza realmente la cobertura? |
| Denuncia | ¿Cuántos días tengo para informar la mora? |
| Defensa judicial | ¿Incluye abogado y procedimiento de restitución? |
| Gastos judiciales | ¿Incluye receptor, notaría y otros costos? |
| Gastos comunes | ¿Están cubiertos? |
| Servicios básicos | ¿Están cubiertos? |
| Daños | ¿Cubre daños al departamento o solamente rentas? |
| Subarriendo | ¿La existencia de un subarrendatario elimina cobertura? |
| Codeudor | ¿La aseguradora exige uno? |
| Contrato | ¿Exige contrato notarial con determinadas cláusulas? |
¿Cuándo lo contrataría?
Me parece especialmente razonable cuando:- tienes una o pocas propiedades;
- el dividendo representa una carga importante para tu flujo;
- varios meses sin arriendo te complicarían financieramente;
- no quieres gestionar personalmente cobranza y abogados;
- el costo del seguro es razonable respecto del arriendo.
Ley Devuélveme mi Casa: qué es realmente
Cómo funciona el procedimiento monitorio por arriendo impago
En términos simplificados, el proceso funciona así.1. Presentas una demanda monitoria
La demanda debe individualizar correctamente:- arrendador;
- arrendatario;
- propiedad;
- rentas adeudadas;
- gastos comunes y consumos adeudados que correspondan;
- antecedentes que explican la deuda.
2. El tribunal revisa la demanda
Si cumple los requisitos legales, el juez ordenará requerir de pago al arrendatario.3. El arrendatario tiene 10 días corridos
Una vez notificado, el deudor tiene 10 días corridos para pagar la deuda, incluidos los intereses y costas que correspondan, o formular oposición. La ley considera además un primer requerimiento con la notificación y un segundo requerimiento que se entiende efectuado cinco días después.4. Si no paga, no comparece y no se opone
Aquí aparece la gran ventaja del monitorio. Si el arrendatario:- no paga;
- no comparece;
- y no formula oposición;
Entonces, ¿puedo sacar a un arrendatario en 20 días?
Depende, en algunos casos sí. La ley contiene plazos procesales muy rápidos, pero esos plazos no equivalen necesariamente al tiempo calendario total que tardará tu caso. Antes pueden existir:- preparación de la demanda;
- revisión del tribunal;
- correcciones;
- notificación;
- oposición del demandado;
- actuaciones del receptor judicial;
- carga del tribunal.
¿Qué pasa si el arrendatario paga toda la deuda?
Si antes de vencer el plazo de oposición el deudor paga íntegramente:- la deuda;
- los intereses;
- y las costas correspondientes;
¿La Ley Devuélveme mi Casa también sirve contra “okupas”?
Hay que utilizar esta palabra con cuidado porque jurídicamente no todas las ocupaciones son iguales. Una cosa es: un arrendatario que tenía contrato y dejó de pagar. Otra es: alguien que ocupa un inmueble por precario. Y otra situación puede involucrar una: usurpación. No utilizaría “okupa” para tratar jurídicamente todas esas situaciones como si fueran idénticas. La Ley N°21.461 establece expresamente que las reglas del procedimiento monitorio se aplican, en lo pertinente, a:- acciones de comodato precario destinadas a obtener restitución;
- y acciones de precario del Código Civil.
¿Qué es la restitución anticipada de la propiedad?
La Ley N°21.461 creó además otra herramienta que suele confundirse con el procedimiento monitorio. El juez puede, bajo determinadas condiciones, ordenar la restitución anticipada del inmueble y el lanzamiento del arrendatario. Pero NO es una medida disponible automáticamente cada vez que alguien deja de pagar. La ley la contempla específicamente cuando el propietario demanda la terminación y restitución porque el inmueble:- ha sido parcialmente destruido;
- o ha quedado inutilizado para su uso;
¿Qué pasa si el arrendatario simplemente abandona el departamento?
También existe una regla útil para este caso. Si el arrendatario abandona el inmueble sin restituirlo formalmente, el propietario puede solicitar al juez que se lo entregue: sin forma de juicio, previa certificación del abandono por un ministro de fe. El ministro de fe levanta además un acta del estado del inmueble. Esto es mucho más seguro que simplemente concluir por tu cuenta que: “como parece vacío, entro y cambio la chapa”.Qué haría desde el primer atraso del pago del arriendo
Un error frecuente es dejar pasar seis meses esperando que la situación se arregle sola. Yo tendría un protocolo definido desde antes.- Confirmar que efectivamente venció el pago.
- Contactar formalmente al arrendatario.
- Documentar la mora.
- Revisar gastos comunes y consumos adeudados.
- Notificar inmediatamente al seguro si existe, respetando sus plazos.
- Contactar al codeudor solidario cuando corresponda.
- Guardar respaldos de todos los pagos y comunicaciones.
- Si el incumplimiento persiste, evaluar tempranamente la acción judicial con abogado.
Contrato + aval + garantía + seguro: cómo se complementan
| Herramienta | Qué protege | Qué NO hace |
|---|---|---|
| Contrato notarial | Prueba obligaciones y facilita procedimiento monitorio | No garantiza que paguen |
| Garantía | Cubre determinados daños/deudas según contrato | Puede agotarse rápidamente |
| Aval/Codeudor solidario | «amarra a otra persona» contra la cual exigir el pago. | No sirve si también es insolvente |
| Pagaré | Puede facilitar envío a DICOM y determinadas acciones de cobro | No recupera físicamente la propiedad |
| Seguro de arriendo | Puede cubrir renta y defensa judicial según póliza | Tiene límites y exclusiones |
| Ley 21.461 | Entrega herramientas judiciales para cobro y restitución | No garantiza desalojo instantáneo |
¿Un contrato puede impedir completamente que tengas un mal arrendatario?
No. Puedes tener el mejor contrato redactado por el mejor abogado de Chile y aun así alguien puede dejar de pagar. El contrato no impide el incumplimiento. Lo que hace es mejorar muchísimo tu posición cuando el incumplimiento ocurre. Por eso pondría incluso como más importante que el contrato: la selección del arrendatario.¿Qué pasa si arriendo por Airbnb o por períodos muy cortos?
No asumiría que todo lo explicado en esta guía se aplica exactamente de la misma manera a Airbnb. La propia Ley N°18.101 excluye de parte de su régimen a determinadas viviendas amobladas arrendadas por temporadas de hasta tres meses para fines de descanso o turismo, aunque establece reglas procesales específicas para conflictos asociados. Además, el arriendo amoblado de corto plazo puede tener:- tratamiento de IVA;
- reglas del edificio;
- regulación de copropiedad;
- operación completamente distinta al arriendo tradicional.
El contrato también afecta la rentabilidad de tu inversión
Evitar morosidad no es solamente un tema legal. Es un tema financiero. Una propiedad puede verse excelente en Excel pero si el arrendatario deja de pagar durante cinco meses, la matemática cambia completamente. Por eso cuando analizo una propiedad no miro solamente a cuánto la debería arrendar. También miro qué tan fácil debería ser encontrar y reemplazar a un buen arrendatario. Eso forma parte de la calidad de la inversión. Puedes complementar esta guía con: Cómo elegir una propiedad de inversión en Chile y: Cómo calcular el Cap Rate de una propiedadOjo con la tributación del arriendo
Además de protegerte contractualmente, como propietario tienes que entender cómo tributa la renta que recibes. Dependiendo de la propiedad y de tu situación pueden existir diferencias importantes entre:- las primeras viviendas DFL2;
- terceras viviendas y siguientes;
- propiedades no DFL2;
- persona natural;
- empresario individual;
- arriendo tradicional;
- arriendo amoblado.
Checklist antes de entregar las llaves
- Definir un precio de arriendo competitivo.
- Verificar identidad del candidato.
- Comprobar ingresos y estabilidad financiera.
- Revisar antecedentes comerciales dentro del marco legal.
- Evaluar codeudor solidario si corresponde.
- Definir garantía.
- Redactar contrato completo.
- Individualizar departamento, bodega y estacionamiento.
- Definir monto y fecha de pago.
- Definir reajustes.
- Regular gastos comunes y servicios.
- Definir plazo, renovación y término.
- Regular subarriendo.
- Definir uso autorizado.
- Realizar inventario.
- Tomar fotografías y videos del estado inicial.
- Documentar medidores y llaves entregadas.
- Autorizar las firmas ante notario.
- Evaluar seguro de arriendo.
- Guardar digitalmente toda la documentación.
Conclusión
Un buen contrato de arriendo no consiste en llenar cinco páginas con amenazas. Consiste en dejar claramente definido qué debe hacer cada persona y qué ocurre cuando una de ellas incumple. Para reducir realmente el riesgo de un arriendo combinaría:- buena selección financiera del arrendatario;
- contrato escrito y correctamente autorizado;
- garantía;
- aval / codeudor solidario;
- firma de pagaré;
- inventario con fotografías;
- seguro de arriendo sólo cuando el costo/riesgo lo justifique;
- acción rápida frente a una mora.